Tanto va el cántaro al agua hasta que …

Diario El Norte
El aforismo, desnuda a quien abusa del poder y cree estar inmune de consecuencias por declaraciones, actos y omisiones. Obnubilación y desconocimiento en gestión pública impide ver riesgos que tarde o temprano tendrán que asumir como resultados de prepotencia y arbitrariedad.
Llama la atención el simplismo de la declaración del ministro del Interior «Que demuestren (los alcaldes detenidos) que no es verdad de lo que están acusados”. La afirmación, está en contra del ordenamiento legal.
En un Estado constitucional de derechos y justicia, todas las autoridades públicas están obligadas a respetar los límites de su cargo, las garantías del debido proceso y los derechos fundamentales de toda persona sometida a procesos de investigación administrativa, civil o penal.
La competencia para acusar es de Fiscalía, la responsabilidad para juzgar y determinar culpabilidad penal en un proceso justo, objetivo e imparcial es de la función judicial; nunca del ministro de Interior (poder Ejecutivo).
Es mandatorio el numeral 2 del art. 76 de la Constitución del Ecuador de 2008 “Se presumirá la inocencia de toda persona, y será tratada como tal, mientras no se declare su responsabilidad mediante resolución firme o sentencia ejecutoriada”. Principio consagrado en instrumentos internacionales suscritos por el país y en el Código Orgánico Integral Penal vigente. En suma, la inocencia solo podrá ser desvirtuada por el acusador.
Vestir uniforme policial o militar no exime de responsabilidad para de manera obligatoria observar los principios de objetividad, respeto, prudencia en la independencia de funciones, así como los derechos fundamentales de personas y funcionarios públicos.
Tendrán que asumir las consecuencias. El poder no es eterno, es efímero.