Van por los fondos del BIESS

Diario El Norte
Ley de urgencia económica “Fortalecimiento y Sostenibilidad Crediticia” reforma uso de fondos económicos del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (BIESS).
Añade texto en numeral 4.1 sobre Gestión de fideicomisos; incrementa 4.2.3: “Recibir, gestionar y/o aceptar: operaciones de reportos y créditos de entidades financieras nacionales o extranjeras. Para la instrumentación de estas operaciones, el Banco podrá utilizar y/o pignorar parte del portafolio de inversiones que administra”. Y aumenta 4.2.4: “Realizar operaciones de venta de cartera hipotecaria, prendaria y quirografaria, de conformidad con la ley”.
Pignorar es dar en prenda bienes al prestamista como garantía de pago; entonces, no fortalece la capacidad crediticia del BIESS, tampoco mejora la capacidad de créditos a afiliados y jubilados; buscan las carteras de los fondos quirografarios, hipotecarios y prendarios.
Derogan el art. 4A relativo a recaudación de aportes, abonos y pago de prestaciones; y, elimina el inciso 2 del art. 7 alusivo a distribución anual de utilidades que genera la administración de los Fondos Complementarios Previsionales Cerrados.
Esto contradice la Constitución (2008, art. 372) que dice “Los fondos y reservas del seguro universal obligatorio serán propios y distintos de los del fisco, y servirán para cumplir de forma adecuada los fines de su creación y sus funciones. Ninguna institución del Estado podrá intervenir o disponer de sus fondos y reservas, ni menoscabar su patrimonio”.
Quieren entregar los ahorros a intereses de entidades privadas cuyos fines son priorizar ganancias de operaciones crediticias por sobre el bienestar colectivo; afectan los principios de solidaridad, equidad social y autonomía con que fue creado el BIESS.